viernes, 10 de julio de 2009

Virginidad

Es un concepto que tiene originalmente una acepción biológica, y que indica la integridad física de una mujer. La hija de Jefté lloró por los montes su virginidad porque consideraba una deshonra morir sin haber tenido hijos (ver Jue 11, 29-40).

La virginidad tiene también una acepción religiosa, y significa en tal caso la renuncia voluntaria al matrimonio por amor al Reino de los cielos. Estamos aquí ante un hecho enraizado en una motivación religiosa. En esta segunda acepción se aplica más frecuentemente a mujeres, aunque no falta en la misma Sagrada Escritura algún caso en que el término se aplica a varones que, por motivos religiosos, renunciaron al matrimonio (ver Ap 14, 4).

Los Padres de la Iglesia escribieron tratados sobre la virginidad y elogios sobre las santas vírgenes. La liturgia católica contiene, tanto en el Misal, como en la Liturgia de las Horas, formularios para la celebración de las memorias o fiestas de las santas Vírgenes. El Pontifical Romano contiene un solemne rito, normalmente presidido por el Obispo, para consagrar vírgenes al Señor.

El Concilio de Trento declaró que la virginidad consagrada constituye en sí un estado de vida superior al matrimonio, (Sesión 24, 11 nov. 1563, canon 10), lo que no significa que por el hecho de la consagración en virginidad quien la ha realizado sea ya santo o santa, o más santo que un casado que vive con perfección en el estado matrimonial. San Ignacio de Loyola señala como signo de "sentir con la Iglesia" la actitud de quienes alaban y aprecian la virginidad, aún cuando no hayan sido llamados por Dios a servirlo en ese estado (ver Ejercicios Espirituales, 4ª regla para sentir con la Iglesia).

El celibato sacerdotal


¿Por qué los sacerdotes no se casan?

En la Iglesia Latina, los sacerdotes y ministros ordenados, a excepción de los diáconos permanentes, «son ordinariamente elegidos entre hombres creyentes que viven como célibes y que tienen la voluntad de guardar el celibato "por el Reino de los cielos" (Mt 19,12)» (Catecismo de la Iglesia Católica n. 1579). En efecto, todos los sacerdotes «están obligados a observar una continencia perfecta y perpetua por el Reino de los cielos, y, por tanto, quedan sujetos a guardar el celibato» (Código de Derecho Canónico c. 277).

Don de Dios

Este celibato sacerdotal es un «don peculiar de Dios» (Código de Derecho Canónico c. 277), que es parte del don de la vocación y que capacita a quien lo recibe para la misión particular que se le confía. Por ser don tiene la doble dimensión de elección y de capacidad para responder a ella. Conlleva también el compromiso de vivir en fidelidad al mismo don.

Que capacita para la misión

El celibato permite al ministro sagrado «unirse más fácilmente a Cristo con un corazón entero y dedicarse con mayor libertad al servicio de Dios y de los hombres» (Código de Derecho Canónico c. 277). En efecto, como sugiere San Pablo(1Cor 7,32-34) y lo confirma el sentido común, un hombre no puede entregarse de manera tan plena e indivisa a las cosas de Dios y al servicio de los demás hombres si tiene al mismo tiempo una familia por la cual preocuparse y de la cual es responsable.

Opción por un amor más pleno

Queda claro por lo anterior que el celibato no es una renuncia al amor o al compromiso, cuanto una opción por un amor más universal y por un compromiso más pleno e integral en el servicio de Dios y de los hermanos.

Signo escatológico de la vida nueva

El celibato es un también un «signo de esta vida nueva al servicio de la cual es consagrado el ministro de la Iglesia» (Catecismo de la Iglesia Católica n. 1579) y que él ya vive de una manera particular en su consagración. El sacerdote, en la aceptación y vivencia alegre de su celibato, anuncia el Reino de Dios al que estamos llamados todos y del que ya participamos de alguna manera en la Iglesia.

El celibato sacerdotal se apoya en el celibato de Cristo

El celibato practicado por los sacerdotes encuentra un modelo y un apoyo en el celibato de Cristo, Sumo Pontífice y Sacerdote Eterno, de cuyo sacerdocio es participación el sacerdocio ministerial.